{"id":935,"date":"2021-03-12T09:57:17","date_gmt":"2021-03-12T09:57:17","guid":{"rendered":"http:\/\/ddf.misterblue.es\/?page_id=935"},"modified":"2021-03-29T09:24:14","modified_gmt":"2021-03-29T09:24:14","slug":"condiciones-generales-de-compra","status":"publish","type":"page","link":"http:\/\/www.ddfluor.com.br\/es\/condiciones-generales-de-compra\/","title":{"rendered":"T\u00e9rminos de Compra"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row full_width=\u00bbstretch_row\u00bb css=\u00bb.vc_custom_1613735832904{background-image: url(http:\/\/ddfluor.com.br\/wp-content\/uploads\/2021\/02\/cabecera_productos.jpg?id=716) !important;background-position: center !important;background-repeat: no-repeat !important;background-size: cover !important;}\u00bb el_class=\u00bbtitular\u00bb][vc_column][vc_column_text css=\u00bb.vc_custom_1617009850746{margin-bottom: 0px !important;padding-bottom: 20px !important;}\u00bb]<\/p>\n<h1>T\u00e9rminos de Compra<\/h1>\n<p>[\/vc_column_text][vc_column_text el_class=\u00bbbreadcrumb\u00bb][wpseo_breadcrumb][\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row][vc_row el_class=\u00bbtexto_legales\u00bb][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<section id=\"col_cent\">\n<article>\n<article>\n<hgroup>\n<h1>CONDICIONES GENERALES DE COMPRA<\/h1>\n<h2>DERIVADOS DEL FL\u00daOR, S.A.U.<\/h2>\n<\/hgroup>\n<p>1. AMBITO DE APLICACI\u00d3N. Las presentes Condiciones Generales de Compra (\u201cCGC\u201d) se aplicar\u00e1n, con exclusi\u00f3n de cualquier otra estipulaci\u00f3n impuesta por el proveedor, a la compra de todo tipo de materia prima, material, articulo, producto, software, componentes y todos aquellos servicios relacionados con los mismos (en adelante, los Productos) ofertados o suministrados por el proveedor (\u201cProveedor\u201d) a Derivados del Fl\u00faor, S.A.U. (el Comprador). Estas CGC se aplicar\u00e1n a todas las solicitudes de oferta realizadas por el Comprador, as\u00ed como a cualquier oferta realizada por el Proveedor, y formar\u00e1n parte integral de cualquier pedido (Pedido) o acuerdos de adquisici\u00f3n de bienes o servicios que emita el Comprador o se concluya entre el Comprador y Proveedor. A los efectos de las presentes CGC el Comprador ser\u00e1 tambi\u00e9n cualquier empresa directa o indirectamente controlada por el Comprador. Cualesquiera t\u00e9rminos y condiciones diferentes de las presentes CGC, de las disposiciones del Pedido, y de cualesquiera otros documentos incorporados a los mismos no ser\u00e1n vinculantes para el Comprador, salvo que sean expresamente aceptados por este por escrito. Los t\u00e9rminos y condiciones contenidos en las confirmaciones de los Pedidos, en las ofertas previas o en cualquier otro documento emitido por el Proveedor no ser\u00e1n vinculantes para el Comprador, aunque no hayan sido expresamente rechazados. Ning\u00fan Pedido, ni cualesquiera modificaciones o ampliaciones al mismo, ni ning\u00fan Pedido complementario ser\u00e1 vinculante para el Comprador salvo que sea expresamente formalizado por escrito mediante la emisi\u00f3n por parte del Comprador de un nuevo Pedido o de un cambio de Pedido. Si alg\u00fan t\u00e9rmino de las CGC no pudiera ser aplicado por alguna raz\u00f3n, el resto de los t\u00e9rminos y condiciones seguir\u00e1n siendo v\u00e1lidos. Los t\u00e9rminos espec\u00edficos acordados por escrito entre el Comprador y el Proveedor, las disposiciones particulares incluidas en los Pedidos, as\u00ed como todos aquellos documentos incorporados a \u00e9stos que entren en contradicci\u00f3n con las presentes CGC prevalecer\u00e1n sobre las correspondientes cl\u00e1usulas de las CGC. Nada de lo previsto en estas CGC, ni las actuaciones o gastos que en su caso deba llevar a cabo el Proveedor para adaptarse a tales previsiones o para elaborar o presentar una determinada oferta, es ni puede ser entendido como constitutivo de ning\u00fan tipo de relaci\u00f3n contractual ni precontractual entre el Comprador y el Proveedor de la que pudieran derivarse para el Comprador ning\u00fan tipo de responsabilidades u obligaciones. En consecuencia, el Proveedor expresamente acepta que ninguna responsabilidad podr\u00e1 ser exigida, y ninguna obligaci\u00f3n podr\u00e1 ser imputada al Comprador por raz\u00f3n de la petici\u00f3n, presentaci\u00f3n, an\u00e1lisis, complemento, valoraci\u00f3n o rechazo de una determinada oferta, quedando limitadas las obligaciones y responsabilidades a cargo del Comprador a las que como tales pudieran establecerse en el Pedido, de existir este.<\/p>\n<p>2. EMISION Y ACEPTACION DE PEDIDOS. Las ofertas incluir\u00e1n el valor completo y fijo del suministro. El Comprador emitir\u00e1 sus Pedidos por escrito. El Pedido se entender\u00e1 aceptado por el Proveedor si este no comunica su rechazo al Comprador en un plazo de tres d\u00edas naturales desde la recepci\u00f3n del Pedido. La correspondencia deber\u00e1 incluir el n\u00famero de Pedido y estar\u00e1 dirigida a la persona y\/o departamento competente. El alcance del Pedido comprende, adem\u00e1s de cuanto en \u00e9l se detalla, todo aquello que sea necesario para la entrega final en buenas condiciones de utilizaci\u00f3n y perfecto funcionamiento conforme a las especificaciones t\u00e9cnicas facilitadas.<\/p>\n<p>3. PRECIOS, FACTURACION Y PAGO. Los precios de los Pedidos ser\u00e1n firmes y definitivos, y no podr\u00e1n ser objeto de revisi\u00f3n e incluir\u00e1n todos los impuestos (salvo el I.V.A.), tasas, contribuciones, seguros y cualesquiera otros costes en que incurra el Proveedor para la ejecuci\u00f3n del Pedido hasta, e incluyendo, la entrega de los Productos en el destino final indicado por el Comprador, as\u00ed como todo el material de embalaje, protecci\u00f3n, amarre y anclaje y todos los documentos, accesorios, dispositivos y\/o herramientas necesarias con vistas a un uso adecuado para su prop\u00f3sito y mantenimiento completo y funcional del Producto , y todos los pagos en concepto de derechos de propiedad intelectual, incluyendo los derechos de terceros. Tras la entrega de los Productos correspondientes a un Pedido, el Proveedor enviar\u00e1 la factura de acuerdo con todos los requisitos legales aplicables y en su caso con las instrucciones del Comprador, indicando el n\u00famero y fecha de Pedido del Comprador, las referencias del Proveedor y si aplica los correspondientes hitos contractuales susceptibles de facturaci\u00f3n parcial. Las facturas correctamente emitidas se abonar\u00e1n en un plazo de 60 d\u00edas a contar desde la fecha de emisi\u00f3n de la factura, siendo en todo caso los d\u00edas de vencimiento y pago los 10 y 25 de cada mes. En el caso de incumplimiento de sus obligaciones por parte del Proveedor, COMPRADOR podr\u00e1 diferir y\/o retener pagos. En este caso, el Proveedor no podr\u00e1 reclamar intereses, penalizaciones o compensaci\u00f3n de ning\u00fan tipo. El pago de una factura no constituir\u00e1 la aceptaci\u00f3n de los Productos solicitados o entregados ni la renuncia del Comprador a ninguno de sus derechos. Para que la aceptaci\u00f3n de los Productos por parte del Comprador sea v\u00e1lida, \u00e9sta deber\u00e1 ser expresa y s\u00f3lo significar\u00e1 el reconocimiento por el Comprador de que se ha producido la entrega.<\/p>\n<p>4. EMBALAJE Y TRANSPORTE. Todos los Productos estar\u00e1n embalados apropiadamente y provistos de las etiquetas adecuadas de acuerdo con las normas aplicables y en su caso con los requisitos espec\u00edficos de cada Pedido, de tal manera que se garantice su manipulaci\u00f3n, transporte y almacenamiento en perfecto estado y su protecci\u00f3n contra cualquier da\u00f1o en cualquiera de dichas etapas. El Proveedor ser\u00e1 responsable del da\u00f1o a los Productos que resulte directa o indirectamente de un embalaje inadecuado, insuficiente o defectuoso. Aquellos Productos que requieran de un embalaje especial o de condiciones de manejo particulares deber\u00e1n incluir las correspondientes etiquetas indicativas en el mismo, permitiendo que su descarga se lleve a cabo de un modo seguro. El Proveedor deber\u00e1 adem\u00e1s advertir al Comprador sobre las precauciones a adoptar durante la descarga de productos peligrosos. Para aquellos Productos definidos como peligrosos de acuerdo con la legislaci\u00f3n aplicable y con las pol\u00edticas del Comprador, el Proveedor advertir\u00e1 al Comprador de su peligrosidad y proporcionar\u00e1 informaci\u00f3n para su manejo seguro mediante la entrega de las correspondientes fichas de datos de seguridad y el apropiado etiquetado de los mismos seg\u00fan lo requiera la normativa aplicable o la pol\u00edtica del Comprador. Cuando el transporte sea a cargo del Proveedor conforme al Incoterm aplicable el transporte se efectuar\u00e1 por cuenta y riesgo del Proveedor con toda la diligencia exigible y tomando todas las precauciones especiales que sean necesarias seg\u00fan el tipo de suministro. El Proveedor contratar\u00e1 y abonar\u00e1 un seguro de transporte que cubra suficientemente el riego de p\u00e9rdida o da\u00f1o al objeto del suministro. El Proveedor ser\u00e1 responsable de verificar que la cisterna o el transporte del Producto est\u00e1 limpio y en perfectas condiciones, garantizando la no contaminaci\u00f3n del Producto.<\/p>\n<p>5. ENTREGA-TRANSMISION DE LA PROPIEDAD. El incoterm aplicable para cada entrega ser\u00e1 el especificado en el correspondiente Pedido. La estiba o carga del Producto en el transporte se\u00f1alado por el Comprador ser\u00e1 responsabilidad del Proveedor y la descarga del Producto en el lugar de entrega indicado por el Comprador ser\u00e1 realizada por el Comprador. La fecha de entrega indicada en el Pedido es esencial y vincula al Proveedor. Cualquier modificaci\u00f3n por parte del Proveedor dar\u00e1 derecho al Comprador a cancelar el Pedido, y no ser\u00e1 aplicable salvo aceptaci\u00f3n expresa por escrito. El Proveedor deber\u00e1 advertir por escrito cuando no pueda cumplir con los plazos pactados. El Comprador se reserva el derecho a rechazar cualquier Producto que no haya sido entregada en los plazos se\u00f1alados. La entrega se entender\u00e1 realizada cuando el Proveedor ponga a disposici\u00f3n del Comprador, en el lugar y condiciones indicadas en el Pedido, la totalidad del objeto del Pedido, y una vez se haya comprobado que el suministro se ajusta al Pedido y va acompa\u00f1ado de todos los documentos, boletines de an\u00e1lisis, certificados y muestras representativas exigidos en el mismo (la Entrega). El Comprador se reserva el derecho a devolver o no recepcionar el Producto no satisfactorio o no requerido, incurriendo el Proveedor con los gastos asociados a dicho rechazo. Cuando el Proveedor incumpla un plazo de entrega salvo casos de fuerza mayor debidamente comunicados y justificados, estar\u00e1 en situaci\u00f3n de retraso sin necesidad de requerimiento y podr\u00e1n aplic\u00e1rsele penalizaciones por importe del 1% del importe total del Pedido por cada semana comenzada de demora, hasta un m\u00e1ximo del 10% del importe total del Pedido, sin perjuicio de la facultad del Comprador de resolver el contrato y de su derecho a la indemnizaci\u00f3n de todos los da\u00f1os adicionales que el retraso haya provocado, tales como el coste de adquirir los bienes o servicios de terceros para lograr la ejecuci\u00f3n del Pedido. El Comprador no est\u00e1 obligado a aceptar Entregas anticipadas o parciales que no hayan sido acordadas previamente por escrito. El Proveedor, a su propio coste, obtendr\u00e1 todos los permisos necesarios, autorizaciones, licencias, etc, precisos para cumplir con el Pedido. Salvo que las instrucciones del Comprador sean otras, la propiedad de los Productos ser\u00e1 transferida definitivamente al Comprador a la Entrega de los mismos.<\/p>\n<p>6. INSPECCION \u2013 CALIDAD. El Comprador o sus representantes se reservan el derecho, en cualquier momento y mediante preaviso, a acceder a las instalaciones del Proveedor o sus subcontratistas con el objeto de inspeccionar o examinar los Productos o insumos de los Productos durante o despu\u00e9s de su fabricaci\u00f3n, pudiendo rechazarlos o solicitar al Proveedor que los reemplace si no se ajustan a lo estipulado en el Pedido. La inspecci\u00f3n no exime de ning\u00fan modo al Proveedor de ninguna responsabilidad respecto del cumplimiento de sus obligaciones, ni las limita en modo alguno. Todos los requisitos que figuran en los sistemas de calidad del Comprador deben ser considerados como condiciones del Pedido en s\u00ed. El Proveedor deber\u00e1 tener en cuenta un sistema de calidad establecido e implantado de acuerdo con las normas ISO 9001 o cualquier otra calificaci\u00f3n est\u00e1ndar internacionalmente reconocida. El Comprador o sus representantes podr\u00e1n realizar auditor\u00edas de calidad del Proveedor y\/o sus subcontratistas. El Proveedor se compromete expresamente a cumplir con el Reglamento (CE) n\u00ba 1907\/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2006 de Registro, Evaluaci\u00f3n y Autorizaci\u00f3n de Sustancias y Preparados Qu\u00edmicos (REACH). En concreto, el Proveedor se compromete a registrar en la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Qu\u00edmicos las sustancias como tales en forma de preparados, o contenidas en art\u00edculos en los t\u00e9rminos fijados en dicho Reglamento. El incumplimiento por parte del Proveedor de dicho compromiso conllevar\u00e1 la indemnizaci\u00f3n al Comprador por todos y cualesquiera da\u00f1os, gastos, costes o responsabilidades en las que \u00e9ste pudiera incurrir con motivo de tal incumplimiento sin perjuicio del derecho del Comprador a resolver el correspondiente Pedido sin derecho del Proveedor a percibir indemnizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. GARANTIA. El Proveedor garantiza que los Productos cumplen con todas las especificaciones y requisitos exigidos por el Comprador, que est\u00e1n libres de contaminaci\u00f3n y de defectos de dise\u00f1o, materiales y de fabricaci\u00f3n, que cumplen satisfactoriamente con los requisitos de funcionamiento esperados por el Comprador, que son adecuados para el uso o fin al que se destinan y que son conformes con todos los est\u00e1ndares, requisitos reglamentarios y normas aplicables, especialmente con las normas relativas a medio ambiente, salud y seguridad y legislaci\u00f3n laboral, de menores y de trabajos forzados. Todas las declaraciones o garant\u00edas incluidas en los cat\u00e1logos, folletos, material de ventas y sistemas de calidad del Proveedor ser\u00e1n vinculantes para el Proveedor. El Proveedor garantiza el correcto funcionamiento del Producto durante un periodo de un a\u00f1o a contar desde su entrega o desde su puesta en marcha, lo que suceda m\u00e1s tarde. Las reclamaciones efectuadas dentro del plazo de dicha garant\u00eda tendr\u00e1n por efecto la suspensi\u00f3n del mismo hasta que el Proveedor haya subsanado el defecto, ampli\u00e1ndose en consecuencia el se\u00f1alado per\u00edodo de garant\u00eda. Si el Producto no cumpliera las condiciones previstas en la garant\u00eda, el Comprador tendr\u00e1 la opci\u00f3n, a su solo criterio y por medio de una comunicaci\u00f3n por escrito enviada al Proveedor: (a) de anular el Pedido sin derecho del Proveedor a percibir indemnizaci\u00f3n; (b) de aceptar dicho Producto con una reducci\u00f3n equitativa del precio; o (c) de rechazar el Producto no conforme y requerir la entrega de un Producto de reemplazo por cuenta del Proveedor. Los Productos rechazados por cualquier raz\u00f3n ser\u00e1n devueltos al Proveedor, por su cuenta y riesgo o se guardar\u00e1n por cuenta y riesgo del Proveedor en los almacenes del Comprador. Tras un periodo de 21 d\u00edas desde la comunicaci\u00f3n del rechazo, el Proveedor estar\u00e1 obligado a pagar los costes de almacenaje de los Productos. Si el Proveedor no entrega los reemplazos adecuados puntual o urgentemente, seg\u00fan las circunstancias, el Comprador tendr\u00e1 derecho a sustituir dichos Productos a trav\u00e9s de un proveedor alternativo y a repercutir al Proveedor los correspondientes gastos. El Proveedor ser\u00e1 responsable de las p\u00e9rdidas y da\u00f1os directos, indirectos, imprevistos, especiales y consecuenciales, incluyendo la p\u00e9rdida de beneficios, en que haya incurrido el Comprador como resultado de los retrasos en la Entrega, de los posibles defectos de los Productos, o de cualesquiera otras deficiencias en la ejecuci\u00f3n del Pedido por parte del Proveedor. Los derechos y recursos del Comprador contemplados en las CGC se aplicar\u00e1n adicionalmente a cualesquiera otros derechos y recursos previstos en la ley. La inspecci\u00f3n, aprobaci\u00f3n o aceptaci\u00f3n de los Productos en ning\u00fan caso podr\u00e1 eximir al Proveedor de su responsabilidad respecto a los defectos u otros incumplimientos de los requisitos del Pedido. El Proveedor garantiza el suministro de los Productos, piezas o componentes de los mismos para su reparaci\u00f3n, mantenimiento o extensiones, durante todo el per\u00edodo de vigencia del contrato, y garantiza adem\u00e1s que no se cesar\u00e1 en la producci\u00f3n o distribuci\u00f3n de dichos Productos. Si el Proveedor decidiera cesar en la producci\u00f3n de parte o la totalidad de los Productos despu\u00e9s de la fecha de finalizaci\u00f3n del contrato, el Proveedor deber\u00e1 informar al Comprador sobre este hecho al menos con seis meses de antelaci\u00f3n, de modo que el Comprador tuviera a\u00fan la posibilidad de hacer pedidos adicionales.<\/p>\n<p>8. \u00d3RDENES DE CAMBIO. El Comprador podr\u00e1 solicitar en cualquier momento la ejecuci\u00f3n de aquellos cambios en t\u00e9rminos de dise\u00f1o, lugar de entrega, cantidad o calidad sobre lo contemplado originalmente en el Pedido que sean razonables y t\u00e9cnicamente posibles, estando el Proveedor obligado a ejecutarlos. Cuando una orden de cambio implique reducci\u00f3n o incremento del precio, y\/o de la fecha de entrega, el precio y\/o el plazo ser\u00e1n ajustados de forma equitativa. Cualquier aumento de precio o plazo s\u00f3lo ser\u00e1 exigible cuando haya sido aprobado por escrito por el Comprador. El Proveedor no podr\u00e1 hacer cambios de manera unilateral. Si el Proveedor advirtiera errores o deficiencias en la documentaci\u00f3n entregada por el Comprador deber\u00e1 comunic\u00e1rselo inmediatamente y por escrito a \u00e9ste, con el fin de que esta pueda adoptar las medidas pertinentes.<\/p>\n<p>9. FUERZA MAYOR. Ninguna de las partes ser\u00e1 considerada responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones derivadas del Pedido en tanto en cuanto la ejecuci\u00f3n de las mismas se retrase o se hiciese imposible como consecuencia de fuerza mayor de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo 1.105 del C\u00f3digo Civil. Las huelgas que afecten al Proveedor, al transporte p\u00fablico, o acontecimientos de otro tipo que pudieran afectar a los subcontratistas o a los proveedores del Proveedor, no ser\u00e1n considerados como acontecimientos de fuerza mayor susceptibles de excusar el incumplimiento del Pedido en cuesti\u00f3n. Cuando sobrevenga un caso de fuerza mayor el Proveedor informar\u00e1 inmediatamente al Comprador por escrito y en detalle. Si el evento de fuerza mayor persistiera m\u00e1s de 15 d\u00edas, el Comprador podr\u00e1 resolver el Pedido sin derecho del Proveedor a percibir indemnizaci\u00f3n alguna.<\/p>\n<p>10. INDEPENDENCIA DEL PROVEEDOR. El Proveedor actuar\u00e1 en el cumplimiento de sus obligaciones frente al Comprador como empresario independiente, y todos sus agentes y empleados y los de sus subcontratados ser\u00e1n seleccionados, dirigidos y supervisados por \u00e9l, quedando bajo su poder de direcci\u00f3n. No existir\u00e1 entre el Comprador y el Proveedor relaci\u00f3n alguna del tipo empleador\/empleado, mandante\/ mandatario, o principal\/ agente, siendo la relaci\u00f3n exclusivamente mercantil. El Proveedor dispondr\u00e1 de una organizaci\u00f3n empresarial real, con los medios personales y materiales propios y adecuados a la actividad contratada por el Comprador, los cuales organizar\u00e1n y emplear\u00e1 para el buen cumplimiento de la actividad contratada, y de los que ser\u00e1 el \u00fanico responsable. El Proveedor prestar\u00e1 los servicios contratados a trav\u00e9s de personal integrado en su plantilla, contratado conforme a la legalidad vigente, que cuente con la formaci\u00f3n, experiencia y cualificaci\u00f3n necesarias para la adecuada ejecuci\u00f3n de los servicios contratados. Cualquier actividad propia de la direcci\u00f3n de los servicios contratados corresponder\u00e1 exclusivamente al Proveedor, el cual deber\u00e1 designar a una persona como responsable de la organizaci\u00f3n y direcci\u00f3n t\u00e9cnica del personal que haya de asumir el desarrollo de los mismos, as\u00ed como de las relaciones con el Comprador.<\/p>\n<p>11. OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES. PREVENCI\u00d3N DE RIESGOS. El Proveedor se compromete a cumplir las disposiciones laborales vigentes durante toda la duraci\u00f3n del Pedido, oblig\u00e1ndose, entre otras cuestiones, a tener el personal debidamente contratado, a que est\u00e9 cualificado para la realizaci\u00f3n de los trabajos contratados, a estar y mantenerse al corriente del pago de los salarios correspondientes y al d\u00eda en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad Social. El Proveedor dejar\u00e1 indemne al Cliente de las consecuencias que para esta \u00faltima pudieran derivarse de cualquier acci\u00f3n, reclamaci\u00f3n, procedimiento instado por un tercero por el incumplimiento de cualquier obligaci\u00f3n laboral o de la Seguridad Social haciendo frente a las cantidades que resultaran de los mismos. En estos supuestos de incumplimiento el Comprador podr\u00e1 retener de cualquier cantidad que se devengue a favor del Proveedor un importe equivalente al total de las responsabilidades que estime razonablemente pudieran derivarse del mismo. El Proveedor adoptar\u00e1 cuantas medidas sean necesarias para dar cumplimiento a la normativa vigente sobre prevenci\u00f3n de riesgos laborales contenida en la Ley 31\/1995 de 8 de noviembre, sus disposiciones de desarrollo y\/o complementarias, as\u00ed como la normativa del Comprador sobre Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales que en cada momento se encuentren en vigor. En consecuencia, con lo anterior, el Proveedor se compromete a utilizar y establecer, bajo su responsabilidad entre otros, los medios que sean necesarios en materia de evaluaci\u00f3n de riesgos, planificaci\u00f3n de la actividad preventiva, formaci\u00f3n e informaci\u00f3n sobre riesgos, actuaci\u00f3n en caso de emergencia y vigilancia peri\u00f3dica del estado de salud de sus trabajadores. El Proveedor es responsable de velar por la seguridad y salud de los trabajadores, tanto propios como ajenos, puestos a su disposici\u00f3n a trav\u00e9s de Empresas de Trabajo Temporal, o de sus Subcontratistas. El Proveedor proporcionar\u00e1 a su personal las herramientas, utensilios, medios, equipos de seguridad y, en general, todo el material preciso para la ejecuci\u00f3n de los servicios contratados. El Proveedor acreditar\u00e1 al Comprador siempre que sea requerido para ello, los anteriores extremos. El Proveedor se obliga a dejar indemne al Comprador de toda reclamaci\u00f3n, acci\u00f3n judicial y\/o sanci\u00f3n a que hubiera de hacer frente como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente en materia de prevenci\u00f3n de riesgos laborales por el Proveedor o en su caso por sus Subcontratistas.<\/p>\n<p>12. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS. El Proveedor declara encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, comprometi\u00e9ndose a cumplir las mismas en los t\u00e9rminos legalmente previstos durante toda la vigencia del Pedido, as\u00ed como a acreditar dicha circunstancia mediante certificaci\u00f3n emitida por la Administraci\u00f3n Tributaria en los 12 meses anteriores al correspondiente pago si as\u00ed se lo requiere el Comprador, en los t\u00e9rminos por la Ley General Tributaria y aquellas otras normas que la desarrollen.<\/p>\n<p>13. PROTECCI\u00d3N AMBIENTAL. El Proveedor adoptar\u00e1 las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento por su parte y por parte de sus empleados y subcontratados de la legislaci\u00f3n medioambiental, y ser\u00e1 responsable de cualquier perjuicio ocasionado al entorno y\/o al Comprador o a sus clientes y de cualquier sanci\u00f3n, pena o reclamaci\u00f3n que pudiera derivarse del incumplimiento de sus obligaciones en materia ambiental.<\/p>\n<p>14. CONFIDENCIALIDAD. El Proveedor mantendr\u00e1 la confidencialidad de toda informaci\u00f3n, documentaci\u00f3n o conocimiento que reciba directa o indirectamente del Comprador en el curso de negociaciones o como consecuencia de relaciones comerciales, ya sea en forma escrita, electr\u00f3nica, visual o verbal, y que pueda ser identificada de buena fe como confidencial. Dicha informaci\u00f3n no podr\u00e1 ser copiada, revelada a terceros ni utilizada directa o indirectamente para fines distintos de los previstos en el Pedido. En particular, todos los documentos, dise\u00f1os, c\u00e1lculos, muestras y elementos similares ser\u00e1n manejados como confidenciales y devueltos al Comprador a su solicitud. El Proveedor limitar\u00e1 el acceso a dicha informaci\u00f3n e impondr\u00e1 la confidencialidad a sus empleados, agentes, proveedores y subcontratados. Esta obligaci\u00f3n se mantendr\u00e1 durante cinco a\u00f1os desde la extinci\u00f3n de la relaci\u00f3n contractual. El Proveedor responder\u00e1 de cuantos da\u00f1os y perjuicios cause el incumplimiento por su parte o por aquellos que de \u00e9l dependen de la obligaci\u00f3n de guardar confidencialidad.<\/p>\n<p>15. DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL. El Proveedor garantiza que el Producto suministrado y su venta no infringe derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros, y se obliga a mantener indemnes al Comprador y a sus clientes respecto de cualquier reclamaci\u00f3n derivada de dicha infracci\u00f3n, liber\u00e1ndoles de toda responsabilidad y defendiendo a sus expensas cualquier conflicto. Los inventos patentables y las creaciones sujetas a protecci\u00f3n, as\u00ed como sus resultados, en la medida en que se relacionen con el Pedido, ser\u00e1n propiedad del Comprador a menos que el Proveedor acredite que provienen de su capacidad inventiva exclusiva, y que han sido desarrollados independientemente del Pedido. El Proveedor no podr\u00e1 sin previa autorizaci\u00f3n anunciar o publicar informaci\u00f3n relativa a su relaci\u00f3n comercial con el Comprador, ni usar el nombre\/logotipo del Comprador o del Grupo Minersa. No se podr\u00e1 hacer ninguna referencia, describir o utilizar con fines publicitarios o comerciales, ninguno de los bienes o servicios objeto del pedido, ni de la marca del Grupo Minersa ni del Comprador, sin la previa autorizaci\u00f3n escrita del Comprador.<\/p>\n<p>16. RESPONSABILIDADES. El Proveedor responder\u00e1 de todos los da\u00f1os y perjuicios directos e indirectos, reclamaciones y penalizaciones que el Comprador y\/o sus clientes sufran por sus incumplimientos contractuales, por actos u omisiones de sus empleados, proveedores o subcontratados, o por defectos de los Productos o servicios, e intentar\u00e1 reducir los da\u00f1os derivados de su ejecuci\u00f3n defectuosa avisando ante cualquier sospecha de defectos, defendiendo y manteniendo indemne al Comprador contra cualquier p\u00e9rdida, da\u00f1o, gasto o reclamaci\u00f3n de terceros relativa al incumplimiento contractual del Proveedor o defectos de los Productos o servicios. La obligaci\u00f3n de responder no se extinguir\u00e1 con el Pedido. El Comprador podr\u00e1 compensar con las cantidades que le adeude el Proveedor para resarcirse de aquellas cantidades que el Proveedor deba abonar como consecuencia de lo previsto en esta condici\u00f3n.<\/p>\n<p>17. SEGUROS. El Proveedor se obliga a suscribir a su cargo con compa\u00f1\u00eda de seguros de reconocida solvencia y mantener en vigor durante la vigencia del Pedido, al menos los siguientes seguros: un seguro que cubra suficientemente su riesgo de responsabilidad civil (incluida R.C. patronal) derivada de la ejecuci\u00f3n del Pedido frente al Comprador y frente a terceros. La cobertura m\u00ednima de dicho seguro, salvo pacto en contrario por escrito, ser\u00e1 de 500.000 euros, el Comprador podr\u00e1 exigir exhibici\u00f3n de la p\u00f3liza de seguro, el justificante del pago de la prima y el certificado en vigor emitido en la fecha del Pedido; seguro de transportes (ya sea mar\u00edtimo, a\u00e9reo o terrestre), que cubra las p\u00e9rdidas, retrasos y\/ o da\u00f1os que sufran los Productos mientras los mismos se encuentren en tr\u00e1nsito; seguro obligatorio de accidentes de trabajo y enfermedad para todo su personal, incluida incapacidad laboral transitoria y permanente y muerte, en las condiciones que en cada caso establezca la legislaci\u00f3n vigente. El Proveedor ser\u00e1 responsable de que sus subcontratistas mantengan a su vez en vigor estas mismas coberturas en relaci\u00f3n con su personal, y seguros obligatorios de veh\u00edculos para el transporte de mercanc\u00edas o personas.<\/p>\n<p>18. CESI\u00d3N Y SUBCONTRATACI\u00d3N. El Proveedor no podr\u00e1 ceder ni subcontratar total ni parcialmente las obligaciones derivadas del Pedido sin la previa autorizaci\u00f3n escrita del Comprador, la cual en ning\u00fan caso le relevar\u00e1 de sus obligaciones, permaneciendo responsable junto con sus cesionarios y subcontratados, frente a los cuales el Comprador no responder\u00e1 nunca.<\/p>\n<p>19. SUSPENSI\u00d3N Y RESOLUCI\u00d3N. El Comprador podr\u00e1 mediante notificaci\u00f3n escrita suspender o retrasar la entrega de un Pedido no completado o parte de \u00e9l. En tal caso, el Proveedor seguir\u00e1 instrucciones e interrumpir\u00e1 de inmediato sus trabajos y pedidos de materiales, sin derecho a indemnizaci\u00f3n. El Comprador no aceptar\u00e1 entregas posteriores a la comunicaci\u00f3n de la suspensi\u00f3n, y s\u00f3lo abonar\u00e1 el precio de los suministros completados y el coste los trabajos ya iniciados hasta ese momento, justificados por escrito. El Proveedor impondr\u00e1 esta condici\u00f3n (19) a todos sus subcontratados y proveedores. Cuando el Proveedor no cumpla con sus obligaciones contractuales correctamente y a tiempo, incluyendo las presentes CGC, as\u00ed como en los casos de falta de capacidad t\u00e9cnica o financiera (por haber sido declarado el Proveedor en concurso o por impago de deudas a una empresa del Comprador) y de toma de control del Proveedor por terceros, sin perjuicio de los dem\u00e1s derechos y aplicaci\u00f3n de penalizaciones convenidas, el Comprador podr\u00e1 resolver el contrato por escrito con efecto inmediato, en todo o en parte, sin derecho del Proveedor a indemnizaci\u00f3n, bastando con que abone el precio del Producto suministrado realizado correctamente hasta la fecha, con las deducciones que procedan en caso de existir perjuicios.<\/p>\n<p>20. PROTECCION DE DATOS DE CAR\u00c1CTER PERSONAL. En virtud del art\u00edculo 13 del Reglamento (UE) 2016\/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la protecci\u00f3n de las personas f\u00edsicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulaci\u00f3n de estos datos y de la Ley 3\/2018, de 5 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos y Garant\u00edas de los Derechos Digitales: (a) los datos personales de las partes que se capten durante la negociaci\u00f3n o ejecuci\u00f3n del Pedido ser\u00e1n tratados por las partes (como responsables) con los fines relacionados con el objeto del Pedido o para el cumplimiento de exigencias legales, en base a la ejecuci\u00f3n del mismo; (b) las partes mantendr\u00e1n los datos personales durante el tiempo necesario para cumplir con las obligaciones legales, (c) los datos de las partes ser\u00e1n accesibles \u00fanicamente a los consultores o afiliados de las partes o a las personas designadas para tratar los datos relacionados con los fines establecidos en el p\u00e1rrafo (a) y no se comunicar\u00e1n a terceros, (d) en relaci\u00f3n con el tratamiento de los datos de las partes, el Proveedor pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificaci\u00f3n, oposici\u00f3n, supresi\u00f3n, limitaci\u00f3n del tratamiento, y portabilidad de datos a trav\u00e9s de la direcci\u00f3n lopd@grupominersa.com.<\/p>\n<p>21. LEY APLICABLE Y JURISDICCI\u00d3N. Las presentes CGC, el Pedido, su ejecuci\u00f3n y cualquier otra relaci\u00f3n jur\u00eddica entre el Comprador y el Proveedor se rigen por la ley espa\u00f1ola, con exclusi\u00f3n de la Convenci\u00f3n de Viena de 1980 sobre Compraventa Internacional de Mercader\u00edas. Para la resoluci\u00f3n de cualquier controversia relativa a la interpretaci\u00f3n y\/o ejecuci\u00f3n del Pedido o de las obligaciones del Comprador y\/o del Proveedor que no pueda resolverse amigablemente, s\u00f3lo ser\u00e1n competentes los Juzgados de Bilbao (Vizcaya-Espa\u00f1a), con renuncia expresa del Proveedor a su propio fuero.<\/p>\n<\/article>\n<\/article>\n<\/section>\n<p>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row full_width=\u00bbstretch_row\u00bb css=\u00bb.vc_custom_1613735832904{background-image: url(http:\/\/ddfluor.com.br\/wp-content\/uploads\/2021\/02\/cabecera_productos.jpg?id=716) !important;background-position: center !important;background-repeat: no-repeat !important;background-size: cover !important;}\u00bb el_class=\u00bbtitular\u00bb][vc_column][vc_column_text css=\u00bb.vc_custom_1617009850746{margin-bottom: 0px !important;padding-bottom: 20px !important;}\u00bb] T\u00e9rminos de Compra [\/vc_column_text][vc_column_text el_class=\u00bbbreadcrumb\u00bb][wpseo_breadcrumb][\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row][vc_row el_class=\u00bbtexto_legales\u00bb][vc_column][vc_column_text] CONDICIONES GENERALES DE COMPRA DERIVADOS DEL FL\u00daOR, S.A.U. 1. 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